martes, 27 de diciembre de 2011

MEF presentará en marzo paquete tributario

En marzo del 2012 el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presentará un paquete de reformas tributarias al Congreso de la República, en el cual se incorporarán cambios en el régimen del Impuesto a la Renta, que permitan facilitar su pago y atacar elusión y evasión. Ese paquete tiene que ver con el incremento de los ingresos fiscales permanentes.

La fecha de entrega del paquete de reformas tributarias ya había sido adelantada por la jefa de la Sunat, Tania Quispe, para fines de este año, y también por el ex premier, Salomón Lerner, para enero. Sin embargo, esto recién se concretaría en marzo.


Medidas
Esta reforma va a estar acompañada con un conjunto de medidas entre las que destaca la incorporación de algunos cambios en el Código Tributario, que apuntan a mejorar la fiscalización y la cobranza.

También se incorporarán cambios en el régimen del Impuesto a la Renta, que permitan facilitar el pago del tributo y atacar frontalmente la elusión y la evasión tributaria.

Esto significa una revisión de los sistemas de deducción que existen en el Impuesto a la Renta y los gastos que se pueden deducir del mismo", indicó. Asimismo, el funcionario señaló que se va a realizar toda una campaña de medidas normativas para facilitar el pago de los impuestos. se prevee que se van a introducir cambios en el IGV que tienen que ver con mejorar los sistemas de pago adelantado; mejorar la focalización y la cobertura de los sistemas de pago a retenciones y otros.

Ejecutivo incrementa el monto de la UIT a S/. 3,650

El incremento de la UIT afectará el monto del pago del Impuesto a la Renta (bases imponibles y deducciones), Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, etc.
Durante el 2012 el monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como índice de referencia para la determinación y pago de las obligaciones tributarias y administrativas, será de S/. 3,650, según lo dispuesto por el Poder Ejecutivo a través del D.S. N° 233–2011-EF.
Este aumento del valor de la UIT incrementará los montos de las sanciones tributarias, laborales y administrativas en 1.39%, que es el porcentaje del incremento de la UIT (de S/. 3,600 a S/. 3,650).

Pero también afectaría el monto del pago del Impuesto a la Renta (bases imponibles, deducciones, límites de afectación, etc.), del Impuesto Predial, del Impuesto al Patrimonio Vehicular, del Impuesto de Alcabala y otros, pues el monto de la UIT se usa como índice de referencia para la declaración y pagos de dichas obligaciones tributarias.
También la UIT sirve para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública y obligaciones contables.
No significativo.

"Si bien el incremento de la UIT en 1.39% va a tener algún efecto, no es muy significativo comparado con el crecimiento del ingreso de las empresas que va en línea con el crecimiento de la economía (de una tasa cercana al 7%)".
Conforme al Código Tributario, el monto de la UIT es fijado por decreto supremo considerando los supuestos macroeconómicos, entre ellos, la variación del índice de precios al consumidor del año anterior.
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